ARTÍCULO 10. DETENCIÓN, ESTACIONAMIENTO Y APARCAMIENTO
PART 1. DISPOSICIONES GENERALES
TÍTULO 40 Capítulo 6 Artículo 10 Nota
§ 40-6-200. Cómo estacionar vehículos; poderes del Departamento de Transporte y autoridades locales§ 40-6-201. Dejar vehículo motorizado sin vigilancia§ 40-6-202. Detenerse, pararse o estacionarse fuera de distritos comerciales o residenciales§ 40-6-203. Detenerse, pararse o estacionarse prohibido en lugares específicos; detenerse o pararse para recoger residuos sólidos municipales o materiales recuperados§ 40-6-204. Excepción en caso de vehículos discapacitados§ 40-6-205. Obstruir la intersección
§ 40-6-206. Cuándo pueden los agentes de policía retirar vehículos§ 40-6-207. Responsabilidad del propietario por infracciones de tráfico o estacionamiento que ocurran mientras el vehículo está arrendado a otra persona; deber …§ 40-6-208. Áreas de estacionamiento para pasajeros de trenes rápidos o autobuses de tránsito público; infracciones
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PART 2. ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDADES
TÍTULO 40 Capítulo 6 Artículo 10 Parte 2 Nota§ 40-6-220. Título corto§ 40-6-221. Definiciones§ 40-6-222. Permisos§ 40-6-223. Tarifas§ 40-6-224. Placas o permisos para discapacitados o personas con discapacidades de otros estados§ 40-6-225. Lugares de estacionamiento para personas con discapacidades no ambulatorias
§ 40-6-226. Delitos y sanciones§ 40-6-227. Aplicación tanto en propiedades públicas como privadas
§ 40-6-228. Cumplimiento
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